La certificación de ‘Zona cardioasegurada’ se concede a aquellas instituciones que lo solicitan y que cumplen con una serie de requisitos, entre los que se cuenta disponer de un número determinado de desfibriladores externos automatizados en las instalaciones, que deben estar operativos y una ubicación adecuada, de forma que se posibilite que al menos el 75% de los usuarios de las instalaciones pueda aplicar la desfibrilación en un tiempo no superior a 3 minutos.
Asimismo, se observa que la institución solicitante tenga un plan de formación para el personal ofrecido por instituciones pertenecientes al Consejo Español de Reanimación Cardiopulmonar. Otro requisito es que la institución cuente con un adecuado plan de mantenimiento de los DEA instalados, conforme a sus especificaciones técnicas y recomendaciones de los fabricantes. Además, se considera una condición imprescindible que la empresa o institución tenga establecido un protocolo de activación interno para desplazar y utilizar el DEA mientras que se activa y llegan los Servicios de Emergencias sanitarias. Seguir leyendo Requisitos ‘zona cardioasegurada’